Declaración de renta 2023.

El 16 de diciembre de 2022 el Ministerio de Hacienda hizo público el Decreto 2487, el cual establece los plazos y límites para la declaración de impuestos de personas naturales en el año fiscal 2023. Como contribuyentes, es esencial comprender que esta declaración de renta abarca varios aspectos cruciales, todos basados en el ejercicio económico del año anterior, es decir, en el 2022.

¿Qué se debe tener en cuenta para la declaración de renta?

Ingresos: Se refiere a todos los fondos que usted recibió durante el año fiscal anterior. Esto abarca no solo los salarios y beneficios laborales, sino también cualquier otra fuente de ingresos, como alquileres, inversiones u otros ingresos no laborales.
Egresos: Aquí se incluyen todos los gastos y deducciones que pueda reclamar legalmente para reducir su carga tributaria. Esto puede comprender gastos médicos, intereses hipotecarios, donaciones a organizaciones caritativas y otros gastos deducibles.
Ganancias: Este punto refleja la diferencia entre sus ingresos y egresos. En otras palabras, es el beneficio neto que ha obtenido durante el año fiscal.
Comisiones: Si ha recibido comisiones por ventas u otras actividades, es necesario reportar estos ingresos por separado. Las comisiones pueden provenir de ventas de bienes, servicios o incluso de inversiones.

¿Cuáles son los TOPES para declarar renta?

  1. Que el patrimonio bruto al término del año gravable 2022 sea igual o superior a $171.018.000
  2. Que los ingresos totales del respectivo ejercicio gravable sean iguales o superiores a $53.206.000
  3. Que los consumos mediante tarjeta de crédito sean iguales o superiores a $53.206.000
  4. Que el valor total de las compras y consumos sean igual o superior a $53.206.000
  5. Que el valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras sean igual o superior a  $53.206.000

CALENDARIO DE DECLARACIÓN DE RENTA 2023

Últimos dígitos de tu NITFecha límite para declarar
01 y 0209 de agosto del 2023
03 y 0410 de agosto del 2023
05 y 0611 de agosto del 2023
07 y 0814 de agosto del 2023
09 y 1015 de agosto del 2023
11 y 1216 de agosto del 2023
13 y 1417 de agosto del 2023
15 y 1618 de agosto del 2023
17 y 1822 de agosto del 2023
19 y 2023 de agosto del 2023
21 y 2224 de agosto del 2023
23 y 2425 de agosto del 2023
25 y 2628 de agosto del 2023
27 y 2829 de agosto del 2023
29 y 3030 de agosto del 2023
31 y 3231 de agosto del 2023
33 y 341 de septiembre del 2023
35 y 364 de septiembre del 2023
37 y 385 de septiembre del 2023
39 y 406 de septiembre del 2023
41 y 427 de septiembre del 2023
43 y 448 de septiembre del 2023
45 y 4611 de septiembre del 2023
47 y 4812 de septiembre del 2023
49 y 5013 de septiembre del 2023
51 y 5214 de septiembre del 2023
53 y 5415 de septiembre del 2023
55 y 5618 de septiembre del 2023
57 y 5819 de septiembre del 2023
59 y 6020 de septiembre del 2023
61 y 6221 de septiembre del 2023
63 y 6422 de septiembre del 2023
65 y 6625 de septiembre del 2023
67 y 6826 de septiembre del 2023
69 y 7027 de septiembre del 2023
71 y 7228 de septiembre del 2023
73 y 7429 de septiembre del 2023
75 y 762 de octubre del 2023
77 y 783 de octubre del 2023
79 y 804 de octubre del 2023
81 y 825 de octubre del 2023
83 y 846 de octubre del 2023
85 y 869 de octubre del 2023
87 y 8810 de octubre del 2023
89 y 9011 de octubre del 2023
91 y 9212 de octubre del 2023
93 y 9413 de octubre del 2023
95 y 9617 de octubre del 2023
97 y 9818 de octubre del 2023
99 y 0019 de octubre del 2023

PARA TENER EN CUENTA:
¿Qué sucede si no presento mi declaración a tiempo?

Si presentas tu declaración de impuestos después de la fecha límite, tendrás que pagar una multa llamada “sanción por extemporaneidad”. Esta multa es el 5% de los impuestos que debes, y aumenta cada mes o parte de mes que pasa desde la fecha límite hasta que presentas tu declaración de impuestos.

En el año 2023, la multa mínima por no cumplir con tus responsabilidades tributarias ante la DIAN es de $424.000. Esto significa que, aunque no debas dinero en impuestos, si te atrasas en presentar tu declaración por tan solo un día, tendrás que pagar esta suma.

Recibirás un mensaje de advertencia que te dará un plazo máximo de un mes para pagar los impuestos. Si no cumples con este plazo, se agregará un 10% extra, como lo dice el artículo 642 de la ley.Si no presentas tus impuestos en ninguna de las situaciones anteriores, se impondrá una multa adicional del 20%.

Esto se calculará en base a tus depósitos bancarios o tus ingresos totales, dependiendo de cuándo no hayas cumplido con tus obligaciones tributarias, según el artículo 643 de la ley.

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