Declaración de renta 2023
Declaración de renta 2023.
El 16 de diciembre de 2022 el Ministerio de Hacienda hizo público el Decreto 2487, el cual establece los plazos y límites para la declaración de impuestos de personas naturales en el año fiscal 2023. Como contribuyentes, es esencial comprender que esta declaración de renta abarca varios aspectos cruciales, todos basados en el ejercicio económico del año anterior, es decir, en el 2022.
¿Qué se debe tener en cuenta para la declaración de renta?
Ingresos: Se refiere a todos los fondos que usted recibió durante el año fiscal anterior. Esto abarca no solo los salarios y beneficios laborales, sino también cualquier otra fuente de ingresos, como alquileres, inversiones u otros ingresos no laborales.
Egresos: Aquí se incluyen todos los gastos y deducciones que pueda reclamar legalmente para reducir su carga tributaria. Esto puede comprender gastos médicos, intereses hipotecarios, donaciones a organizaciones caritativas y otros gastos deducibles.
Ganancias: Este punto refleja la diferencia entre sus ingresos y egresos. En otras palabras, es el beneficio neto que ha obtenido durante el año fiscal.
Comisiones: Si ha recibido comisiones por ventas u otras actividades, es necesario reportar estos ingresos por separado. Las comisiones pueden provenir de ventas de bienes, servicios o incluso de inversiones.
¿Cuáles son los TOPES para declarar renta?
- Que el patrimonio bruto al término del año gravable 2022 sea igual o superior a $171.018.000
- Que los ingresos totales del respectivo ejercicio gravable sean iguales o superiores a $53.206.000
- Que los consumos mediante tarjeta de crédito sean iguales o superiores a $53.206.000
- Que el valor total de las compras y consumos sean igual o superior a $53.206.000
- Que el valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras sean igual o superior a $53.206.000
CALENDARIO DE DECLARACIÓN DE RENTA 2023
Últimos dígitos de tu NIT | Fecha límite para declarar |
---|---|
01 y 02 | 09 de agosto del 2023 |
03 y 04 | 10 de agosto del 2023 |
05 y 06 | 11 de agosto del 2023 |
07 y 08 | 14 de agosto del 2023 |
09 y 10 | 15 de agosto del 2023 |
11 y 12 | 16 de agosto del 2023 |
13 y 14 | 17 de agosto del 2023 |
15 y 16 | 18 de agosto del 2023 |
17 y 18 | 22 de agosto del 2023 |
19 y 20 | 23 de agosto del 2023 |
21 y 22 | 24 de agosto del 2023 |
23 y 24 | 25 de agosto del 2023 |
25 y 26 | 28 de agosto del 2023 |
27 y 28 | 29 de agosto del 2023 |
29 y 30 | 30 de agosto del 2023 |
31 y 32 | 31 de agosto del 2023 |
33 y 34 | 1 de septiembre del 2023 |
35 y 36 | 4 de septiembre del 2023 |
37 y 38 | 5 de septiembre del 2023 |
39 y 40 | 6 de septiembre del 2023 |
41 y 42 | 7 de septiembre del 2023 |
43 y 44 | 8 de septiembre del 2023 |
45 y 46 | 11 de septiembre del 2023 |
47 y 48 | 12 de septiembre del 2023 |
49 y 50 | 13 de septiembre del 2023 |
51 y 52 | 14 de septiembre del 2023 |
53 y 54 | 15 de septiembre del 2023 |
55 y 56 | 18 de septiembre del 2023 |
57 y 58 | 19 de septiembre del 2023 |
59 y 60 | 20 de septiembre del 2023 |
61 y 62 | 21 de septiembre del 2023 |
63 y 64 | 22 de septiembre del 2023 |
65 y 66 | 25 de septiembre del 2023 |
67 y 68 | 26 de septiembre del 2023 |
69 y 70 | 27 de septiembre del 2023 |
71 y 72 | 28 de septiembre del 2023 |
73 y 74 | 29 de septiembre del 2023 |
75 y 76 | 2 de octubre del 2023 |
77 y 78 | 3 de octubre del 2023 |
79 y 80 | 4 de octubre del 2023 |
81 y 82 | 5 de octubre del 2023 |
83 y 84 | 6 de octubre del 2023 |
85 y 86 | 9 de octubre del 2023 |
87 y 88 | 10 de octubre del 2023 |
89 y 90 | 11 de octubre del 2023 |
91 y 92 | 12 de octubre del 2023 |
93 y 94 | 13 de octubre del 2023 |
95 y 96 | 17 de octubre del 2023 |
97 y 98 | 18 de octubre del 2023 |
99 y 00 | 19 de octubre del 2023 |
PARA TENER EN CUENTA:
¿Qué sucede si no presento mi declaración a tiempo?
Si presentas tu declaración de impuestos después de la fecha límite, tendrás que pagar una multa llamada “sanción por extemporaneidad”. Esta multa es el 5% de los impuestos que debes, y aumenta cada mes o parte de mes que pasa desde la fecha límite hasta que presentas tu declaración de impuestos.
En el año 2023, la multa mínima por no cumplir con tus responsabilidades tributarias ante la DIAN es de $424.000. Esto significa que, aunque no debas dinero en impuestos, si te atrasas en presentar tu declaración por tan solo un día, tendrás que pagar esta suma.
Recibirás un mensaje de advertencia que te dará un plazo máximo de un mes para pagar los impuestos. Si no cumples con este plazo, se agregará un 10% extra, como lo dice el artículo 642 de la ley.Si no presentas tus impuestos en ninguna de las situaciones anteriores, se impondrá una multa adicional del 20%.
Esto se calculará en base a tus depósitos bancarios o tus ingresos totales, dependiendo de cuándo no hayas cumplido con tus obligaciones tributarias, según el artículo 643 de la ley.
Te animamos a aprovechar estas recomendaciones y presentar tu declaración de renta a tiempo.
En Trámites Andes.com realizamos tu declaración de renta para que así puedas cumplir con tus responsabilidades tributarias.
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